El Gobierno aprueba la prohibición de desarrollar “determinadas tareas” con alerta roja o naranja de la Aemet

Planas destaca la medida como un avance “muy importante y necesario”

El Consejo de Ministros aprobó este jueves la modificación del real decreto que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo y obligará a prever medidas frente a fenómenos meteorológicos adversos, incluida la prohibición de desarrollar “determinadas tareas” cuando éstos concurran, lo cual resultará “obligatorio” cuando las agencias de meteorología “emitan aviso de fenómenos de nivel naranja o rojo”.

Según el Ministerio de Trabajo y Economía Social, se deberán tomar medidas adecuadas para la protección de los trabajadores frente a “cualquier riesgo relacionado con fenómenos meteorológicos adversos, incluyendo las temperaturas extremas”.

Estas medidas se tendrán que sustentar en “una evaluación de riesgos laborales que tendrá en cuenta tanto las características de la tarea como las individuales de los trabajadores” e incluirán la prohibición de desarrollar “determinadas tareas durante las horas del día en las que concurran fenómenos meteorológicos adversos que así lo requieran”.

Trabajo detalló que, en el supuesto en que se emita por las agencias de meteorología un aviso de fenómenos meteorológicos adversos de nivel naranja o rojo que determine que las medidas preventivas anteriores no garantizan “la protección de los trabajadores”, resultará “obligatoria la adaptación de las condiciones de trabajo, incluida la reducción o modificación de las horas de desarrollo de la jornada prevista”.

Las altas y bajas temperaturas son solo dos de los fenómenos meteorológicos adversos que considera la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet). También incluye entre estos fenómenos las lluvias, las nevadas, los vientos, las tormentas, los fenómenos costeros, el polvo en suspensión, los aludes, las galernas en el área Cantábrica y norte de Galicia, las risagas en Baleares, las nieblas, los deshielos, las olas de calor, las olas de frío y las tormentas tropicales.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros extraordinario que aprobó esta modificación, el ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, indicó que el cambio supone un “avance de protección muy importante y necesario”.

Planas subrayó que esta modificación hace “más estrictas” las condiciones en relación con el incremento de las temperaturas en el trabajo, introduce una “alerta adicional” e incluye “prohibiciones de tareas en determinadas condiciones”.

Asimismo, señaló que se trata de una medida “horizontal” que no solo afecta a trabajos “de alta carga física” como la agricultura o la construcción sino a todos los empleos “donde las condiciones de penosidad en el trabajo por incremento de las temperaturas son muy significativas”.

También resaltó que la “seguridad y salud en el trabajo” son una “prioridad” para el Gobierno y que esta medida se conjuga con “las condiciones evidentemente necesarias a la producción del conjunto de los sectores”.

Por otro lado, la ministra portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez, recordó durante la rueda de prensa la decisión de adelantar 15 días, al 15 de mayo, la entrada en vigor del Plan Nacional de Actuaciones Preventivas por Altas Temperaturas, acuerdo alcanzado en la Comisión de Salud Pública a finales del mes de abril. Estará vigente hasta el 15 de septiembre.

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